Últimamente se están recibiendo notificaciones por parte de la Gerencia Regional o Territorial del Catastro, en la que les informan a los contribuyentes que se les ha abierto un procedimiento de Regularización Catastral, indicando que tienen conocimiento de que existen alteraciones en el inmueble no declaradas o declaradas de forma errónea. Esto conlleva un aumento de la superficie de nuestro inmueble y por tanto del valor catastral del inmueble, y del IBI a abonar…pero si no está conforme, puede recurrir y presentar alegaciones. Se lo explicamos.
Le recordamos que si ha optado por fraccionar el pago del IRPF 2015 en dos plazos, el próximo día 7 de noviembre se cumple el plazo para efectuar el ingreso (40% restante de la deuda tributaria) del segundo plazo de la renta del ejercicio 2015.
Si su empresa recibe un anticipo a cuenta de una operación que se hará más adelante, tendrá que emitir una factura que desglose el IVA, y habrá que ingresar el IVA en la autoliquidación correspondiente a la fecha del cobro, y no en la declaración correspondiente a la fecha de la factura.
A partir del 2 de octubre próximo, se incorporan a la obligatoriedad de relacionarse electrónicamente con la AEAT, además de los obligados tributarios que ya tenían obligación de hacerlo así en determinados trámites, como las sociedades o los contribuyentes inscritos en el REDEME (notificaciones electrónicas obligatorias o presentación telemática de declaraciones), otros como las entidades sin personalidad jurídica (por ejemplo , sociedades civiles y cualquier comunidad de bienes como una comunidad de vecinos) y profesionales con colegiación obligatoria.